Departamentos y Municipios Seguros
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La convivencia pacífica como fin último del estado (C.P Artículo 1) sólo es posible a partir de la participación y compromiso de todos los habitantes del territorio nacional; que con sus comportamientos contribuyen a la generación de ambientes, en los que, el respeto por los derechos y los deberes de todos, es el principio de la construcción social.

Entender que todos aportamos a la convivencia es el primer paso para aproximarnos de manera propositiva al nuevo Código Nacional de Policía y Convivencia. Normativa que señala comportamientos contrarios a la convivencia, en los que no se debe incurrir, esto puede generar la aplicación de las medidas correctivas por parte de las autoridades de policía.