En el marco de la Resolución No. 01138 del 02/05/2025, “por la cual se expide el Manual de Gestión Comunitaria” específicamente en su artículo 26, correspondiente a la línea de encuentros comunitarios: Son espacios de interlocución con la participación de la comunidad, instituciones, entidades públicas y privadas entre otras, en un sector o territorio determinado; los cuales permiten identificar problemáticas delincuenciales y comportamientos contrarios a la convivencia, estableciendo responsabilidades de cada uno de los actores frente a los fenómenos presentados, en un ejercicio corresponsable a favor de la convivencia y seguridad ciudadana, efectuando seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos y los planes de trabajo. Tienen como objetivo abordar factores de riesgo de manera integral mediante la escucha activa de la ciudadanía en temas convivencia y seguridad.
Tiene como características:
Promueven el trabajo corresponsable entre Policía, instituciones y comunidad creando compromisos sostenibles y soluciones eficaces a problemáticas de la comunidad.
Construyen una cultura de convivencia a partir del conocimiento analítico y la solución de problemas, contrarrestando sus causas y los factores originadores y facilitadores.
Generan acercamiento y confianza a partir de la eficiencia en el desarrollo de los compromisos adquiridos.