Comunicado Oficial

La Policía Nacional de Colombia se permite informar a la opinión pública.
  • En la imagen se observa un avión de aspersión y un helicóptero de la policía y el siguiente texto para peticiones, quejas o reclamos pueden escribir al siguiente correo diran.arint-asp@policia.gov.co

La Dirección de Antinarcóticos, en el marco de la Estrategia Esmeralda Plus, desarrollará en el departamento del Putumayo un plan piloto de aspersión aérea, concebido como una fase experimental, controlada, limitada, temporal y evaluable, de acuerdo con las disposiciones establecidas por el Consejo Nacional de Estupefacientes para su ejecución. 

El plan piloto tiene como propósito evaluar la eficiencia de la aspersión aérea, así como su aplicación bajo las condiciones técnicas y operacionales establecidas. 

Para el desarrollo de esta actividad operacional se cuenta con dos aeronaves AT-802, plataforma destinada a la aplicación aérea del producto autorizado, exclusivamente en los polígonos habilitados y bajo las condiciones técnicas, operacionales, ambientales y de seguridad previstas. 

Este proyecto permitirá generar información técnica y científica que contribuya a determinar la pertinencia de la aplicación de glufosinato de amonio mediante aspersión aérea, conforme a los resultados obtenidos durante el proyecto piloto. 

5 El plan piloto contempla criterios de restricción, por lo cual no serán incluidas las áreas que presenten condiciones especiales, entre ellas, comunidades afrodescendientes, territorios colectivos y demás grupos sujetos a especial protección. 

Se contempla la exclusión de zonas de protección ambiental y áreas protegidas, zonas asociadas a cuerpos de agua, ríos y demás áreas ambientalmente sensibles, así como aquellos territorios que, de acuerdo con la normatividad vigente y los estudios técnicos correspondientes, deban ser objeto de exclusión. 

Estos criterios hacen parte de las medidas técnicas, ambientales y de protección establecidas para garantizar que el proyecto piloto se desarrolle de manera controlada, limitada y evaluable, bajo las condiciones definidas por las autoridades competentes. 

8 Es preciso señalar que esta fase experimental no constituye la reanudación, adopción ni autorización definitiva de un programa de aspersión aérea de alcance general o nacional, sino un ejercicio piloto sujeto a evaluación científica, técnica, ambiental y operacional, cumpliendo a cabalidad con lo ordenado por la Corte Constitucional a través de sus sentencias. 

DIOS Y PATRIA